
La ley establece que los alimentos y bebidas analcohólicas deben incluir en la cara principal un sello de advertencia indeleble (sello octogonal negro de advertencia los paquetes y envoltorios) que advierta si el producto tiene:
- Exceso en azúcares
- Exceso en sodio
- Exceso en grasas saturadas
- Exceso en grasas totales
- Exceso en calorías
Otros puntos salientes
La iniciativa determina también que aquellos productos que contengan edulcorantes o cafeína tendrán que informar que su consumo no se recomienda en niñas y niños.
Límites a la publicidad
Establece la prohibición de emitir publicidad comercial -dirigida a niños, niñas y adolescentes- de productos con sellos de advertencia.
Además, establece que los productos que tengan más de un sello de advertencia no podrán incluir dibujos animados, personajes, figuras públicas, regalos ni elementos que llamen la atención de niños, niñas y adolescentes.
Otras ventajas
Por otra parte, determina que, ante iguales condiciones, el Estado deberá priorizar la compra de alimentos sin estos sellos de advertencia.
¿Por qué era tan necesaria?
- El 66% de la población argentina tiene exceso de peso
- El 32% tiene obesidad
- El 40% padece presión arterial elevada
- El 30% tiene colesterol elevado
- Entre los chicos de 5 a 17 años, el 41% tiene exceso de peso
- En menores de 5 años, el 13,6% tiene sobrepeso
Los principales beneficios
Como consumidores, a partir de ahora, tendremos el derecho de saber que estamos consumiendo, informarnos sobre los ingredientes que contienen los productos de una manera más clara y sencilla.
A partir de allí podremos elegir con más consciencia lo que vamos a elegir.
Es un gran paso ya que los índices de sobrepeso y obesidad están creciendo cada vez más en nuestro país, además de otras enfermedades crónicas cómo la .diabetes tipo 2 y la hipertensión arterial.